- Ley
- Reglamento en Materia de Relaciones Laborales del Tribunal Electoral del Distrito Federal
- Artículo
- 10
Artículo 10 del Reglamento en Materia de Relaciones Laborales del Tribunal Electoral del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El jefe o la jefa del área que quiera contratar a alguien debe decir claramente cómo le fue a la persona en la entrevista y, si aplicó, también en el examen técnico. Esto es para que quede por escrito si el candidato o candidata cumplió o no con lo que se pedía.
Texto oficial
Artículo 10. La o el titular del órgano o área que realice alguna propuesta de contratación de personal, deberá señalar el resultado de la entrevista de evaluación y, en su caso, de la aplicación del examen técnico.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.