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Ley
Reglamento en Materia de Relaciones Laborales del Tribunal Electoral del Distrito Federal
Artículo
10

Artículo 10 del Reglamento en Materia de Relaciones Laborales del Tribunal Electoral del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El jefe o la jefa del área que quiera contratar a alguien debe decir claramente cómo le fue a la persona en la entrevista y, si aplicó, también en el examen técnico. Esto es para que quede por escrito si el candidato o candidata cumplió o no con lo que se pedía.

Texto oficial

Artículo 10. La o el titular del órgano o área que realice alguna propuesta de contratación de personal, deberá señalar el resultado de la entrevista de evaluación y, en su caso, de la aplicación del examen técnico.

Ver texto oficial del Reglamento en Materia de Relaciones Laborales del Tribunal Electoral del Distrito Federal (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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