- Ley
- Reglamento en Materia de Relaciones Laborales del Tribunal Electoral del Distrito Federal
- Artículo
- 14
Artículo 14 del Reglamento en Materia de Relaciones Laborales del Tribunal Electoral del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo dice que cuando el Tribunal te da un nombramiento (el documento que te acredita como trabajador), debe entregártelo en un plazo de 30 días naturales. Esto aplica en casos como cuando entras a trabajar por primera vez, cuando vuelves a entrar, si cambian tu puesto por un ascenso o por moverte a otra área, o en otras situaciones que el Pleno (el grupo de jueces que toman las decisiones importantes) determine. Una vez que recibes ese nombramiento, estás obligado a trabajar para el Tribunal y a cumplir con todas las leyes y reglas que lo rigen, además de las tareas propias de tu puesto, ajustándote a lo que se te pida y a las necesidades del servicio.
Texto oficial
Artículo 14. Los nombramientos serán entregados a las personas servidoras del Tribunal dentro de los treinta días naturales siguientes a su expedición, en los casos siguientes: I. Nuevo ingreso; II. Reingreso; III. Cuando se modifique el tipo de nombramiento originalmente expedido, derivado de una promoción, renivelación o cambio de adscripción, y IV. Las demás que se regulen en las disposiciones atinentes que emita el Pleno. El nombramiento otorgado a la persona servidora del Tribunal, la obliga a desempeñar el servicio a favor del mencionado órgano jurisdiccional y a cumplir con las disposiciones legales que conforman su marco normativo, así como los deberes inherentes al mismo, en la forma y términos requeridos y, en su caso, de conformidad con las necesidades del servicio.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.