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Ley
Reglamento en Materia de Relaciones Laborales del Tribunal Electoral del Distrito Federal
Artículo
29

Artículo 29 del Reglamento en Materia de Relaciones Laborales del Tribunal Electoral del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los jefes de cada área deben estar al tanto de si su equipo de trabajo se queda o se va, y cómo se desempeñan en sus labores. Si algo fuera de lo normal sucede, como faltas, renuncias o problemas, tienen que avisarle a la Secretaría a tiempo, usando los formatos que ya existen y en las fechas que les hayan marcado.

Texto oficial

Artículo 29. Las y los titulares de los órganos y áreas supervisarán la permanencia de las personas servidoras de su adscripción, y su desempeño, debiendo notificar oportunamente a la Secretaría las incidencias que se presenten por medio de los mecanismos establecidos y en las fechas indicadas.

Ver texto oficial del Reglamento en Materia de Relaciones Laborales del Tribunal Electoral del Distrito Federal (pág. 1) ↗

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