- Ley
- Reglamento en Materia de Relaciones Laborales del Tribunal Electoral del Distrito Federal
- Artículo
- 29
Artículo 29 del Reglamento en Materia de Relaciones Laborales del Tribunal Electoral del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Los jefes de cada área deben estar al tanto de si su equipo de trabajo se queda o se va, y cómo se desempeñan en sus labores. Si algo fuera de lo normal sucede, como faltas, renuncias o problemas, tienen que avisarle a la Secretaría a tiempo, usando los formatos que ya existen y en las fechas que les hayan marcado.
Texto oficial
Artículo 29. Las y los titulares de los órganos y áreas supervisarán la permanencia de las personas servidoras de su adscripción, y su desempeño, debiendo notificar oportunamente a la Secretaría las incidencias que se presenten por medio de los mecanismos establecidos y en las fechas indicadas.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.