- Ley
- Reglamento en Materia de Relaciones Laborales del Tribunal Electoral del Distrito Federal
- Artículo
- 31
Artículo 31 del Reglamento en Materia de Relaciones Laborales del Tribunal Electoral del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Todas las personas que trabajan en el Tribunal, excepto los jefes principales y algunos puestos como coordinadores, secretarios y choferes de los titulares, tienen que registrar su entrada y salida (checar). Si alguien más necesita dejar de checar por una razón válida, puede pedirlo. Primero debe acordarlo con el Presidente del Tribunal; luego, su jefe directo envía un oficio de autorización a la Secretaría. Esta exención dura máximo seis meses, pero se puede renovar por otro periodo igual si hay una buena justificación.
Texto oficial
Artículo 31. Todas las personas servidoras del Tribunal registrarán su asistencia, con excepción de de los mandos superiores, Coordinadores/as de Ponencia, Secretarios/as Técnicos/as, Secretarios/as Particulares y Privados/as, así como choferes de las y los titulares de los órganos y áreas. Por causa justificada, cualquiera otra persona servidora del Tribunal, previo acuerdo con el Presidente/a, mediante oficio de autorización que suscriba la o el titular de su área de adscripción dirigido a la Secretaría, podrá quedar exento del control de asistencia referido, hasta por un periodo de seis meses, en su caso, podrán autorizarse ampliaciones por periodos iguales, debidamente justificadas.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.