- Ley
- Reglamento en Materia de Relaciones Laborales del Tribunal Electoral del Distrito Federal
- Artículo
- 36
Artículo 36 del Reglamento en Materia de Relaciones Laborales del Tribunal Electoral del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si faltas al trabajo, puedes justificarlo de dos formas. La primera es presentar un permiso por escrito firmado por tu jefe o la persona encargada del área. La segunda es llevar un certificado médico del ISSSTE que diga los días que estuviste incapacitado por enfermedad.
Texto oficial
Artículo 36. Las inasistencias podrán justificarse, mediante: I. La autorización de la incidencia por escrito, expedida por la o el titular del órgano o área; o II. Constancia médica expedida por el ISSSTE, en la que se señale la incapacidad que justifique los días de inasistencia.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.