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Ley
Reglamento en Materia de Relaciones Laborales del Tribunal Electoral del Distrito Federal
Artículo
46

Artículo 46 del Reglamento en Materia de Relaciones Laborales del Tribunal Electoral del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Tribunal te pagará una prima vacacional, que es un bono extra por tus vacaciones. Ese bono será del 30% de tu sueldo total (sin descuentos) calculado sobre 14 días de salario por cada periodo vacacional. Te lo darán antes de que empiecen tus vaciones, en las fechas que el Pleno del Tribunal defina, y te avisarán con una circular.

Texto oficial

Artículo 46. El Tribunal cubrirá a la persona servidora una prima vacacional correspondiente al treinta por ciento de las percepciones totales brutas calculadas sobre catorce días por cada período. Dicha prima se cubrirá con anticipación a los periodos vacacionales en las fechas que determine el Pleno, conforme al aviso y circular que se emitan para tales efectos.

Ver texto oficial del Reglamento en Materia de Relaciones Laborales del Tribunal Electoral del Distrito Federal (pág. 1) ↗

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