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Ley
Reglamento en Materia de Relaciones Laborales del Tribunal Electoral del Distrito Federal
Artículo
50

Artículo 50 del Reglamento en Materia de Relaciones Laborales del Tribunal Electoral del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si eres empleado del Tribunal y no puedes tomarte tus vacaciones en la fecha que te tocaba porque te enfermaste (con un justificante médico que lo compruebe), tienes derecho a pedir que te las den después, en cuanto te alivies y siempre que el trabajo lo permita. Además, necesitas el permiso de tu jefe directo. También puedes pedir vacaciones aunque el período oficial ya haya pasado, siempre que hayas trabajado seis meses seguidos en el Tribunal. Solo necesitas solicitarlo y que tu jefe lo autorice. Si no puedes disfrutar de tus vacaciones por exceso de trabajo en tu área, puedes tomarlas en otra fecha distinta a la que se fijó para todo el personal, pero tu jefe debe aprobar tu solicitud.

Texto oficial

Artículo 50. Cuando la persona servidora del Tribunal no pueda disfrutar del período vacacional durante el periodo autorizado y previo a la solicitud de las vacaciones, por causa de enfermedad legalmente acreditada que la incapacite, la persona servidora pública tendrá derecho a disfrutar de su período vacacional, una vez que aquella haya concluido, siempre y cuando las necesidades del servicio lo permitan, contando para tal efecto con la autorización de su superior/a jerárquico/a. Asimismo, se les concederá dicho período a los servidores públicos que hayan cumplido seis meses ininterrumpidos en el Tribunal, aún después de los períodos fijados por el Pleno, previa solicitud y autorización de su superior/a jerárquico/a. Cuando la persona servidora del Tribunal no pueda disfrutar del período vacacional por causa de carga de trabajo derivada de la actividad del órgano o área de adscripción, gozará de esta prestación en un período distinto al autorizado por el Pleno, siempre y cuando se encuentre autorizada la solicitud de su titular.

Ver texto oficial del Reglamento en Materia de Relaciones Laborales del Tribunal Electoral del Distrito Federal (pág. 1) ↗

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