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Ley
Reglamento en Materia de Relaciones Laborales del Tribunal Electoral del Distrito Federal
Artículo
69

Artículo 69 del Reglamento en Materia de Relaciones Laborales del Tribunal Electoral del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los jefes y jefas de cada área del Tribunal pueden dar permisos especiales a sus empleados para que falten al trabajo sin que eso afecte su empleo, pero solo en estos casos: si estás estudiando en una escuela reconocida oficialmente, si eres pasante y necesitas hacer servicio social, prácticas o presentar tu examen profesional para titularte, si tienes una beca para algún estudio específico, o si te requieren para algún asunto judicial o administrativo. En todas estas situaciones, tienes que comprobar con documentos claros y sin dudas el motivo del permiso ante la Secretaría del Tribunal.

Texto oficial

Artículo 69. Las y los titulares de los órganos y áreas podrán discrecionalmente otorgar permisos o tolerancias a las personas servidoras del Tribunal bajo su adscripción, sin perjuicio de sus labores en los casos siguientes: I. Al personal que estudie en forma regular en instituciones académicas con reconocimiento oficial; II. A las y los pasantes de cualquier carrera reconocida oficialmente, que deban cumplir su servicio social, prácticas profesionales o presentar su examen profesional, para acreditar el grado de licenciatura, maestría o doctorado, así como para alguna especialidad; III. A las y los becados para seguir carreras o estudios específicos, y IV. Al personal que se le requiera para alguna diligencia judicial o administrativa. En todos los casos, deberán acreditar fehacientemente el carácter del permiso o tolerancia ante la Secretaría. CAPÍTULO CUARTO DE LA SEGURIDAD E HIGIENE EN EL TRABAJO

Ver texto oficial del Reglamento en Materia de Relaciones Laborales del Tribunal Electoral del Distrito Federal (pág. 1) ↗

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