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Ley
Reglamento en Materia de Relaciones Laborales del Tribunal Electoral del Distrito Federal
Artículo
7

Artículo 7 del Reglamento en Materia de Relaciones Laborales del Tribunal Electoral del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los jefes de cada área, junto con la Secretaría y la gente de Comunicación Social, deben poner en marcha formas de dar a conocer las reglas y procedimientos que hay que seguir en el Tribunal. Esto es para que todo el mundo dentro del Tribunal cumpla bien con las leyes y normas vigentes. Por otro lado, el Secretario o la Secretaria tiene la tarea de organizar, dirigir y vigilar el trabajo del personal de Recursos Humanos. Ese personal tiene que hacer sus labores siguiendo los procedimientos que apruebe el Pleno del Tribunal.

Texto oficial

Artículo 7. Quienes funjan como titulares de las áreas, con la participación de la Secretaría y de la Coordinación de Comunicación Social y Relaciones Públicas, fomentarán la instrumentación de mecanismos de difusión que propicien, en las diversas instancias internas, el cabal cumplimiento del marco normativo vigente, así como el de los procedimientos administrativos que sean emitidos por el Tribunal. A la Secretaria o el Secretario le compete coordinar, dirigir y supervisar la actuación y desempeño del personal de la Dirección de Recursos Humanos del Tribunal, el cual realizará sus actividades en términos de los procedimientos que apruebe el Pleno en esta materia. Sección II Del ingreso de las personas servidoras al Tribunal

Ver texto oficial del Reglamento en Materia de Relaciones Laborales del Tribunal Electoral del Distrito Federal (pág. 1) ↗

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