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Ley
Reglamento en Materia de Relaciones Laborales del Tribunal Electoral del Distrito Federal
Artículo
8

Artículo 8 del Reglamento en Materia de Relaciones Laborales del Tribunal Electoral del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si alguien te propone para un puesto en el Tribunal, tienes que llenar una solicitud para registrarte como aspirante y entregar los documentos que pida la ley. Todo el proceso para contratar personal, como las entrevistas o los perfiles de los puestos, debe seguir las reglas que establezca el Pleno del Tribunal. Esas reglas tienen que respetar los derechos humanos y la igualdad entre hombres y mujeres, de acuerdo con las leyes y programas de la Ciudad de México.

Texto oficial

Artículo 8. Aquella persona propuesta para desempeñar un cargo en el Tribunal, deberá requisitar la solicitud respectiva para su registro como aspirante acompañando los documentos que para tal efecto resulten necesarios, de conformidad con el Código y la normatividad aplicable a este órgano jurisdiccional. Los perfiles de puestos, entrevistas, y demás acciones de reclutamiento de personal que se requieran, deberán sujetarse a la normatividad que emita el Pleno, misma que atenderá al enfoque de derechos humanos y la perspectiva de género, en los programas y legislación atinente del Distrito Federal.

Ver texto oficial del Reglamento en Materia de Relaciones Laborales del Tribunal Electoral del Distrito Federal (pág. 1) ↗

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