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Ley
Reglamento en Materia de Relaciones Laborales del Tribunal Electoral del Distrito Federal
Artículo
80

Artículo 80 del Reglamento en Materia de Relaciones Laborales del Tribunal Electoral del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si te corren del trabajo por una reestructuración o porque desaparece tu puesto, el tribunal te va a dar una liquidación. Esa liquidación será de tres meses de sueldo (sin descuentos), más veinte días de sueldo por cada año que hayas trabajado. Todo se calcula con base en el salario que ganabas antes de que te despidieran.

Texto oficial

Artículo 80. En el caso de terminación de la relación laboral con motivo de reestructuración o reorganización administrativa, o por modificación a la estructura ocupacional que implique la supresión de plazas, cargos o puestos, el Tribunal otorgará a la persona servidora la indemnización constitucional equivalente a tres meses más veinte días por año laborado, tomando como base el salario bruto que viniera percibiendo.

Ver texto oficial del Reglamento en Materia de Relaciones Laborales del Tribunal Electoral del Distrito Federal (pág. 1) ↗

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