Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_reglamento-materia-relaciones-laborales-tribunal-electoral-distrito-federal/82
Ley
Reglamento en Materia de Relaciones Laborales del Tribunal Electoral del Distrito Federal
Artículo
82

Artículo 82 del Reglamento en Materia de Relaciones Laborales del Tribunal Electoral del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que la gente que trabaja en el Tribunal solo puede recibir un pago único (una sola vez) en dos situaciones. La primera: cuando tanto el trabajador como el Tribunal están de acuerdo en terminar la relación de trabajo, porque a ambos les conviene. La segunda: cuando el trabajador acepta cambiarse a un puesto con sueldo más bajo, por ejemplo, porque el Tribunal se está reorganizando o cambiando sus puestos de trabajo. En ese caso, el pago único es para que se quede en su nuevo puesto.

Texto oficial

Artículo 82. El pago por única vez a las personas servidoras que laboren en el Tribunal sólo procederá en los casos siguientes: I. Para dar por concluida la relación laboral que los vincula, por mutuo consentimiento, cuando así convenga a los intereses de ambas partes, y II. Para dar continuidad a la relación laboral que los vincula, previo consentimiento de la persona servidora del Tribunal y aceptación de su nueva condición laboral, cuando vaya a ocupar una plaza de menor nivel salarial a la que venía desempeñando, con motivo de una reestructuración o reorganización administrativa o por modificación a la estructura ocupacional.

Ver texto oficial del Reglamento en Materia de Relaciones Laborales del Tribunal Electoral del Distrito Federal (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.