- Ley
- Reglamento en Materia de Relaciones Laborales del Tribunal Electoral del Distrito Federal
- Artículo
- 84
Artículo 84 del Reglamento en Materia de Relaciones Laborales del Tribunal Electoral del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Tribunal va a tomar como base tu salario mensual antes de que te descuenten impuestos y otras cosas (eso es el sueldo bruto). Ese sueldo es el que estabas recibiendo cuando trabajabas ahí. Con ese dato, calculan cuánto te toca de pago por única vez. O sea, no agarran tu sueldo después de descuentos, sino el completo.
Texto oficial
Artículo 84. Para efectos de cuantificar el pago por única vez, el salario corresponderá al bruto mensual que venía percibiendo la persona servidora del Tribunal.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.