- Ley
- Reglamento en Materia de Relaciones Laborales del Tribunal Electoral del Distrito Federal
- Artículo
- 87
Artículo 87 del Reglamento en Materia de Relaciones Laborales del Tribunal Electoral del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría, a través de su presidenta o presidente, debe presentar un informe a todos los miembros del Pleno cuando termine el año fiscal. En ese informe se explican los gastos que se hicieron durante el año para pagar los acuerdos en los que un trabajador y su jefe deciden terminar la relación laboral de común acuerdo. Esto incluye los gastos de firmar y confirmar esos convenios. Es como un resumen de cuánto dinero se usó para estos arreglos.
Texto oficial
Artículo 87. La Secretaría, por conducto de la Presidenta o del Presidente, presentará a la conclusión del ejercicio fiscal que corresponda, un informe al Pleno de las erogaciones realizadas durante el transcurso del año, correspondientes a la suscripción y ratificación de convenios de terminación de la relación laboral por mutuo consentimiento.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.