- Ley
- Reglamento en Materia de Transparencia Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Tribunal Electoral del Distrito Federal
- Artículo
- 17
Artículo 17 del Reglamento en Materia de Transparencia Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Tribunal Electoral del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La OIP (que es la oficina encargada de la transparencia) tiene que explicar y justificar en el portal de transparencia del Tribunal por qué ciertas partes de la ley no le aplican a esa institución. Esto lo tiene que hacer después de que el Comité lo apruebe. Como el Tribunal tiene funciones especiales, hay varias fracciones de los artículos 14 y 19 de la Ley de Transparencia que no le toca cumplir, por ejemplo, las relacionadas con ciertos datos o procedimientos. En lugar de mostrar información en esos puntos, tiene que poner la leyenda "No Aplica" y dar las razones legales de por qué no son aplicables. Así, cualquier persona que consulte el portal va a entender claramente qué información no está disponible y por qué.
Texto oficial
Artículo 17. La OIP será la responsable de fundar y motivar en el portal de transparencia del sitio de Internet la o las fracciones de los artículos 14 y 19 de la Ley de Transparencia, además de las señaladas enlos Criterios, que nole sean aplicables al Tribunal, previa aprobación del Comité. En razón de que por las atribuciones y naturaleza jurídica del Tribunal las fracciones X, incisos c), d) y h); XVI, XVIII, XXI, XXII y XXIII del artículo 14, así como las fracciones I, II, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X y XII del artículo 19; y artículos 24 y 31 de la Ley de Transparencia, no le son aplicables, en cada uno de los artículos y fracciones deberá indicarse la leyenda "No Aplica" con las razones y fundamentos que sustenten dicha circunstancia.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.