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Ley
Reglamento en Materia de Transparencia Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Tribunal Electoral del Distrito Federal
Artículo
30

Artículo 30 del Reglamento en Materia de Transparencia Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Tribunal Electoral del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si no das una dirección en la Ciudad de México (antes Distrito Federal) o simplemente no dices cómo recibir avisos, la Oficina de Información Pública (OIP) te notificará publicando la respuesta en un tablón de anuncios, según las reglas de la Ley de Transparencia. Aun así, si pagas los gastos de envío, pueden mandarte la información a cualquier domicilio fuera de la Ciudad de México, siguiendo los costos que marca el código fiscal de la ciudad. Una vez que publiquen el aviso en el tablón, ese aviso contará como entregado al día siguiente y se quedará ahí todo el tiempo que tengas para ejercer tu derecho.

Texto oficial

Artículo 30. En caso de que la persona solicitante no señale algún medio o domicilio para recibir notificaciones, o bien, ésteúltimo, se encuentre fuera del Distrito Federal, las notificaciones se realizarán por lista que se fije en los estrados de la OIP, conforme al artículo 47, párrafo sexto de la Ley de Transparencia. Sin perjuicio de lo anterior, la información podrá ser enviada a domicilios fuera del Distrito Federal, previo pago de los correspondientes costos de envío, de conformidad con lo establecido en el artículo 48, fracción II de la Ley de Transparencia y acorde a los costos que para tal efecto establezca el Código Fiscal del Distrito Federal. Las notificaciones practicadas por lista publicada en los estrados de la OIP, surtirán efectos al día siguiente de su publicación, debiendo permanecer en éstos durante el plazo concedido a la persona solicitante para ejercitar el derecho de que setrate.

Ver texto oficial del Reglamento en Materia de Transparencia Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Tribunal Electoral del Distrito Federal (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.