- Ley
- Reglamento en Materia de Transparencia Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Tribunal Electoral del Distrito Federal
- Artículo
- 36
Artículo 36 del Reglamento en Materia de Transparencia Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Tribunal Electoral del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 36 dice que para pedir cambios o consultar tus datos personales, como los que tiene el gobierno, lo puedes hacer de varias formas. Puedes entregar un escrito en papel, decirlo de palabra, mandar un correo electrónico, usar el sistema en línea que ponga el Instituto, o llamar por teléfono al TEL-INFODF. También te dan formatos ya listos que puedes usar, y los encuentras en la Oficina de Información Pública o en el portal de transparencia del Internet. Todo esto es para que puedas ejercer tus derechos de acceso, rectificación, cancelación u oposición sin complicaciones.
Texto oficial
Artículo 36. Para los efectos del artículo 33 de la Ley de Datos, las solicitudes de acceso, rectificación, cancelación u oposición de datos personales podrán recibirse por cualquiera de los siguientes medios: Por escrito material; En forma verbal; Por correo electrónico; Por el sistema electrónico que determine el Instituto, y De manera telefónica, a través del TEL-INFODF Los formatos de solicitudes de acceso, rectificación, cancelación u oposición de datos personales aprobados por el Instituto, así como el sistema INFOMEX deberán estar disponibles en la OIP y en el portal de transparencia del sitio de Internet.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.