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Ley
Reglamento en Materia de Transparencia Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Tribunal Electoral del Distrito Federal
Artículo
66

Artículo 66 del Reglamento en Materia de Transparencia Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Tribunal Electoral del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando pidas información oficial y tenga partes que no pueden mostrarse por ser confidenciales (como datos personales), el tribunal hará una copia del documento tapando esas partes con un marcador o borrando lo que no se pueda ver, pero sin cambiar el resto del contenido. Esa copia la guardará la Oficina de Información Pública (OIP) hasta que tú vayas a recogerla, pagando los derechos correspondientes. Si no pasas por ella en 30 días hábiles, el trámite se cancela y la guardan definitivamente, notificándote la decisión en los estrados del tribunal.

Texto oficial

Artículo 66. Para la elaboración de versiones públicas de documentos impresos, se deberá hacer una reproducción sobre la cual se eliminarán o testarán las palabras, renglones o párrafos que contengan información de acceso restringido, cuidando que no se altere su contenido original. La versión pública así elaborada deberá ser conservada por la OIP del Tribunal hasta en tanto sea entregada a la o el solicitante previo pago de derechos por reproducción de la información; o bien, al término de treinta días hábiles procederá su archivo definitivo en caso de que la o el solicitante no acuda por su información, para lo cual la OIP emitirá el acuerdo de caducidad de trámite y la notificación correspondiente la realizará por estrados.

Ver texto oficial del Reglamento en Materia de Transparencia Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Tribunal Electoral del Distrito Federal (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.