- Ley
- Reglamento del Mecanismo de Seguimiento y Evaluación del Programa de Derechos Humanos del Distrito Federal
- Artículo
- 27
Artículo 27 del Reglamento del Mecanismo de Seguimiento y Evaluación del Programa de Derechos Humanos del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Área de Comunicación y Enlace Ciudadano se encarga de dar a conocer el Programa y las acciones de este mecanismo para que la gente y los medios se enteren de lo que se está haciendo. Su objetivo es que la sociedad en general sepa de qué se trata, entendiendo su importancia. En pocas palabras, su chamba es hacerle publicidad al programa para que esté presente en la opinión pública. Básicamente, garantizan que la información llegue clara a todos los ciudadanos.
Texto oficial
Artículo 27.-El Área de Comunicación y Enlace ciudadano tendrá como objetivo promover y posicionar el Programa y las acciones del Mecanismo en la opinión pública y sociedad en general.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.