- Ley
- Reglamento del Mecanismo de Seguimiento y Evaluación del Programa de Derechos Humanos del Distrito Federal
- Artículo
- 35
Artículo 35 del Reglamento del Mecanismo de Seguimiento y Evaluación del Programa de Derechos Humanos del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La persona que representa al Gobierno de la CDMX será la que esté al frente de las asambleas. Su trabajo es dirigir las reuniones y asegurarse de que se cubran todos los temas que están programados en la lista del día. O sea, es como un moderador que guía la junta para que no se quede nada pendiente.
Texto oficial
Artículo 35.- Las asambleas serán presididas por la o el representante del Gobierno del Distrito Federal, quién conducirá las sesiones procurando agotar todos los puntos del orden del día.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.