Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_reglamento-mecanismo-seguimiento-evaluacion-programa-derechos-humanos-distrito/50
- Ley
- Reglamento del Mecanismo de Seguimiento y Evaluación del Programa de Derechos Humanos del Distrito Federal
- Artículo
- 50
Artículo 50 del Reglamento del Mecanismo de Seguimiento y Evaluación del Programa de Derechos Humanos del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Para usar el dinero del Mecanismo, hay que seguir las reglas de gasto que ya existen. Esto significa gastar de manera eficiente, sin desperdicios, y con total transparencia, para que cualquiera pueda saber en qué se ocupó cada peso.
Texto oficial
Artículo 50. El ejercicio de los recursos financieros para el funcionamiento delMecanismo deberá apegarse a la legislación vigente sobre gasto eficiente y transparencia.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.