- Ley
- Reglamento del Mecanismo de Seguimiento y Evaluación del Programa de Derechos Humanos del Distrito Federal
- Artículo
- 9
Artículo 9 del Reglamento del Mecanismo de Seguimiento y Evaluación del Programa de Derechos Humanos del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Los Espacios de participación son reuniones donde distintos grupos de la sociedad y el gobierno trabajan juntos para dar seguimiento a un programa. Su propósito es ayudar a que el programa se implemente bien. Ahí se comparten ideas y opiniones para mejorar lo que se está haciendo.
Texto oficial
Artículo 9.- Los Espacios de participación son instancias intersectoriales para aportar y coadyuvaren el proceso de seguimiento a la implementación del Programa.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.