Reglamento de Mercados para el Distrito Federal
Artículos explicados en lenguaje simple
- Art. 1Este artículo dice que el funcionamiento de los mercados en la Ciudad de México es un servicio público que debe ser operado por el gobierno de la ciudad a través del Departamento de Mercados de la Tesorería. Pero también permite que personas o empresas privadas puedan hacerse cargo de los mercados si el gobierno les da una concesión, que es como un permiso especial para operarlos.
- Art. 2La concesión es un permiso que da el gobierno para que uses algo público, como un puesto en la vía pública. Este artículo dice que todo lo relacionado con esos permisos se va a regir por lo que marca otra ley más importante. Esa otra ley es la Ley Orgánica del Departamento del Distrito Federal, que ya no existe como tal, pero en su momento establecía las reglas generales.
- Art. 3**Artículo 3:** Explica los tipos de vendedores y lugares de venta que existen según este reglamento. - **Mercado público**: Es cualquier lugar, aunque no sea del gobierno, donde varios vendedores y clientes compran y venden, principalmente cosas básicas como comida. - **Comerciantes permanentes**: Son los que consiguieron un registro oficial para vender todo el tiempo en un solo lugar fijo. - **Comerciantes temporales**: Son los que tienen permiso para vender por menos de 6 meses en un lugar fijo. - **Comerciantes ambulantes A**: Son los que tienen permiso para vender en distintos lugares o que van casa por casa, incluyendo a los que usan vehículo para vender. - **Comerciantes ambulantes B**: Son los que venden en distintos lugares pero no entran en la categoría anterior (como los que no tienen permiso o no cumplen con los requisitos). - **Zonas de Mercados**: Son las áreas cerca de los mercados públicos, cuyos límites define el gobierno. - **Puestos permanentes o fijos**: Son los lugares donde los vendedores fijos ponen su mercancía, incluyendo locales dentro o fuera del mercado. - **Puestos temporales o semifijos**: Son los lugares donde los vendedores temporales ponen su mercancía, e incluyen carpas, circos, juegos mecánicos y recreativos que estén en la calle o en terrenos del gobierno. **Artículo 4:** Los vendedores de cualquier tipo deben vender las cosas que tengan un precio fijado por el gobierno exactamente a ese precio, ni más ni menos. **Artículo 5:** La oficina de Mercados del gobierno tiene estas funciones: 1. Hacer lo