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Ley
Reglamento para el Ordenamiento del Paisaje Urbano del Distrito Federal
Artículo
108

Artículo 108 del Reglamento para el Ordenamiento del Paisaje Urbano del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría revisará los planes para poner o cambiar cosas como bancas, postes o paradas de camión en la ciudad. Primero, un grupo de expertos llamado Comisión Mixta evalúa y da su opinión técnica. Después, la Secretaría decide si da el permiso para hacer esos proyectos, siempre y cuando cumplan con ser bonitos, de buena calidad, fáciles de mantener y que se vean bien en el lugar donde los van a colocar.

Texto oficial

Artículo 108.- La Secretaría, previa evaluación y dictamen técnico de la Comisión Mixta, emitirá la autorización de los programas y/o proyectos de diseño, distribución, emplazamiento, operación, sustitución y mantenimiento del mobiliario urbano, en su caso, considerando las características de calidad, estética, construcción, fabricación, mantenimiento y explotación, así como la adecuación al entorno urbano.

Ver texto oficial del Reglamento para el Ordenamiento del Paisaje Urbano del Distrito Federal (pág. 17) ↗

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