Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_reglamento-ordenamiento-paisaje-urbano-distrito-federal/42
- Ley
- Reglamento para el Ordenamiento del Paisaje Urbano del Distrito Federal
- Artículo
- 42
Artículo 42 del Reglamento para el Ordenamiento del Paisaje Urbano del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Este artículo ya no está vigente, fue eliminado de la ley. Significa que ya no tienes que cumplir con lo que decía antes, porque dejó de existir legalmente. En pocas palabras, puedes hacer caso omiso de esa regla, pues ya no tiene efecto.
Texto oficial
Artículo 42.- Se deroga.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.