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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_reglamento-ordenamiento-paisaje-urbano-distrito-federal/42
Ley
Reglamento para el Ordenamiento del Paisaje Urbano del Distrito Federal
Artículo
42

Artículo 42 del Reglamento para el Ordenamiento del Paisaje Urbano del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo ya no está vigente, fue eliminado de la ley. Significa que ya no tienes que cumplir con lo que decía antes, porque dejó de existir legalmente. En pocas palabras, puedes hacer caso omiso de esa regla, pues ya no tiene efecto.

Texto oficial

Artículo 42.- Se deroga.

Ver texto oficial del Reglamento para el Ordenamiento del Paisaje Urbano del Distrito Federal (pág. 8) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.