Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_reglamento-ordenamiento-paisaje-urbano-distrito-federal/44
- Ley
- Reglamento para el Ordenamiento del Paisaje Urbano del Distrito Federal
- Artículo
- 44
Artículo 44 del Reglamento para el Ordenamiento del Paisaje Urbano del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
El artículo 44 fue eliminado de la ley. Decir que se "deroga" significa que ya no existe ni tiene ningún efecto legal. Por lo tanto, ya no hay una regla que debas seguir o que te proteja en ese artículo. En pocas palabras, ese artículo ya no cuenta para nada.
Texto oficial
Artículo 44.- Se deroga.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.