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Ley
Reglamento para el Ordenamiento del Paisaje Urbano del Distrito Federal
Artículo
5

Artículo 5 del Reglamento para el Ordenamiento del Paisaje Urbano del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 5 dice quiénes son las autoridades encargadas de los temas de Paisaje Urbano. El Jefe de Gobierno, la Secretaría correspondiente y las Delegaciones son los que tienen la autoridad. Esto significa que ellos deciden y aplican las reglas sobre cómo se ve la ciudad.

Texto oficial

Artículo 5º.-Son autoridades en materia de Paisaje Urbano: I. El Jefe de Gobierno; II. La Secretaría; y III. Las Delegaciones.

Ver texto oficial del Reglamento para el Ordenamiento del Paisaje Urbano del Distrito Federal (pág. 4) ↗

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