- Ley
- Reglamento para el Ordenamiento del Paisaje Urbano del Distrito Federal
- Artículo
- 6
Artículo 6 del Reglamento para el Ordenamiento del Paisaje Urbano del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Jefe de Gobierno (la persona que está al mando de la Ciudad de México) tiene la facultad de emitir reglas y decisiones generales para que esta ley se aplique de manera correcta. Esto significa que puede crear instrucciones o normas que ayuden a cumplir lo que dice la ley. Es como un encargado que da pasos a seguir para que todo funcione bien.
Texto oficial
Artículo 6°.- El Jefe de Gobierno en ejercicio de las atribuciones que le confiere la Ley expedirá los acuerdos y disposiciones generales que correspondan para su exacta aplicación.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.