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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_reglamento-ordenamiento-paisaje-urbano-distrito-federal/66
Ley
Reglamento para el Ordenamiento del Paisaje Urbano del Distrito Federal
Artículo
66

Artículo 66 del Reglamento para el Ordenamiento del Paisaje Urbano del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo solo dice que se elimina o anula el Artículo 66 de la ley, como si nunca hubiera existido. Al estar "derogado", ya no es válido ni se puede aplicar. Significa que esa regla ya no está vigente y no debes preocuparte por cumplirla.

Texto oficial

Artículo 66.- Se deroga.

Ver texto oficial del Reglamento para el Ordenamiento del Paisaje Urbano del Distrito Federal (pág. 9) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.