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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_reglamento-ordenamiento-paisaje-urbano-distrito-federal/76
Ley
Reglamento para el Ordenamiento del Paisaje Urbano del Distrito Federal
Artículo
76

Artículo 76 del Reglamento para el Ordenamiento del Paisaje Urbano del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo solo dice que la ley que lo contiene ya no aplica, porque fue eliminado oficialmente. "Derogar" significa que se cancela o se deja sin efecto una regla o un artículo. En pocas palabras, ya no existe ese artículo y no debes tomarlo en cuenta.

Texto oficial

Artículo 76.- Se deroga.

Ver texto oficial del Reglamento para el Ordenamiento del Paisaje Urbano del Distrito Federal (pág. 9) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.