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Ley
Reglamento de la Policía Preventiva del Distrito Federal
Artículo
6

Artículo 6 del Reglamento de la Policía Preventiva del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Policía de la Ciudad de México va a funcionar según las reglas de este documento, las del Reglamento del Departamento del Distrito Federal y las órdenes que dé el Jefe de ese Departamento. En pocas palabras, la policía debe seguir lo que dice este reglamento, las leyes generales de la ciudad y las instrucciones directas de su jefe máximo. Esto significa que el Jefe tiene la autoridad para dar órdenes específicas sobre cómo debe organizarse y trabajar la policía.

Texto oficial

Artículo 6°.- La Policía del Distrito Federal se organizará conforme a este reglamento al Reglamento del Departamento del Distrito Federal y a las disposiciones que dicte el Jefe del propio Departamento.

Ver texto oficial del Reglamento de la Policía Preventiva del Distrito Federal (pág. 1) ↗

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