- Ley
- Reglamento de la Policía Preventiva del Distrito Federal
- Artículo
- 6
Artículo 6 del Reglamento de la Policía Preventiva del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Policía de la Ciudad de México va a funcionar según las reglas de este documento, las del Reglamento del Departamento del Distrito Federal y las órdenes que dé el Jefe de ese Departamento. En pocas palabras, la policía debe seguir lo que dice este reglamento, las leyes generales de la ciudad y las instrucciones directas de su jefe máximo. Esto significa que el Jefe tiene la autoridad para dar órdenes específicas sobre cómo debe organizarse y trabajar la policía.
Texto oficial
Artículo 6°.- La Policía del Distrito Federal se organizará conforme a este reglamento al Reglamento del Departamento del Distrito Federal y a las disposiciones que dicte el Jefe del propio Departamento.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.