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Ley
Reglamento de la Procuraduría de la Defensa del Trabajo del Distrito Federal
Artículo
19

Artículo 19 del Reglamento de la Procuraduría de la Defensa del Trabajo del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Procuraduría va a tener su propio equipo de expertos, como doctores, ingenieros o contadores, que le ayuden en los casos legales. Estos especialistas harán estudios, análisis y darán su opinión técnica cuando se necesite para resolver juicios o conflictos. Si la profesión del experto está regulada por ley (como los médicos o arquitectos), tendrá que comprobar que tiene permiso legal para ejercerla. Básicamente, es como tener un equipo de consultores profesionales para que la autoridad pueda tomar mejores decisiones.

Texto oficial

Articulo 19.- La Procuraduría contará con un cuerpo de peritos integrado por expertos de distintas disciplinas técnicas, artísticas y profesionales. Tendrán a su cargo los estudios, dictámenes, peritajes y consultas que puedan servir de auxiliares a la Procuraduría, en los juicios, conflictos y demás actividades en que deba intervenir por virtud de su encargo. Si la profesión o arte estuviere legalmente reglamentado, deberán acreditar estar autorizados conforme a la Ley.

Ver texto oficial del Reglamento de la Procuraduría de la Defensa del Trabajo del Distrito Federal (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.