- Ley
- Reglamento de la Procuraduría de la Defensa del Trabajo del Distrito Federal
- Artículo
- 19
Artículo 19 del Reglamento de la Procuraduría de la Defensa del Trabajo del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Procuraduría va a tener su propio equipo de expertos, como doctores, ingenieros o contadores, que le ayuden en los casos legales. Estos especialistas harán estudios, análisis y darán su opinión técnica cuando se necesite para resolver juicios o conflictos. Si la profesión del experto está regulada por ley (como los médicos o arquitectos), tendrá que comprobar que tiene permiso legal para ejercerla. Básicamente, es como tener un equipo de consultores profesionales para que la autoridad pueda tomar mejores decisiones.
Texto oficial
Articulo 19.- La Procuraduría contará con un cuerpo de peritos integrado por expertos de distintas disciplinas técnicas, artísticas y profesionales. Tendrán a su cargo los estudios, dictámenes, peritajes y consultas que puedan servir de auxiliares a la Procuraduría, en los juicios, conflictos y demás actividades en que deba intervenir por virtud de su encargo. Si la profesión o arte estuviere legalmente reglamentado, deberán acreditar estar autorizados conforme a la Ley.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.