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Ley
Reglamento de la Procuraduría de la Defensa del Trabajo del Distrito Federal
Artículo
28

Artículo 28 del Reglamento de la Procuraduría de la Defensa del Trabajo del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Procuraduría puede actuar como mediadora entre las personas que tienen un conflicto. Su trabajo es sugerirles soluciones justas para que lleguen a un acuerdo sin necesidad de un juicio. Para lograrlo, puede mandarles cartas o avisos (citatorios) pidiéndoles que se reúnan a platicar. Esto solo aplica cuando la Procuraduría está buscando un arreglo amistoso entre ambas partes.

Texto oficial

Articulo 28.- La Procuraduría en ejercicio de su función conciliatoria, está facultada para proponer a las partes interesadas soluciones conciliatorias y equitativas para el arreglo de sus conflictos y para tal efecto librará los citatorios que estime convenientes.

Ver texto oficial del Reglamento de la Procuraduría de la Defensa del Trabajo del Distrito Federal (pág. 1) ↗

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