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Ley
Reglamento por el que se Regula el Procedimiento de Pérdida de Registro de las Agrupaciones Políticas Constituidas en la Ciudad de México
Artículo
17

Artículo 17 del Reglamento por el que se Regula el Procedimiento de Pérdida de Registro de las Agrupaciones Políticas Constituidas en la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 17 dice que cuando un juez o autoridad maneje un asunto legal, debe hacerlo de manera ordenada, rápida y completa, sin dejar nada sin revisar. Que sea "congruente" significa que cada paso tenga relación con el caso. También debe ser "idónea", o sea, usando las herramientas adecuadas para resolverlo bien. Además, "expedita" y "eficaz" indican que no deben hacerte perder el tiempo ni alargarlo sin razón. En resumen, buscan que tu trámite se resuelva de forma justa, sin trabas ni rodeos.

Texto oficial

Artículo 17. El procedimiento se tramitará de forma congruente, idónea, eficaz, expedita, completa y exhaustiva.

Ver texto oficial del Reglamento por el que se Regula el Procedimiento de Pérdida de Registro de las Agrupaciones Políticas Constituidas en la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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