- Ley
- Reglamento por el que se Regula el Procedimiento de Pérdida de Registro de las Agrupaciones Políticas Constituidas en la Ciudad de México
- Artículo
- 3
Artículo 3 del Reglamento por el que se Regula el Procedimiento de Pérdida de Registro de las Agrupaciones Políticas Constituidas en la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que para entender y aplicar este reglamento, debes seguir las mismas reglas que ya están marcadas en ciertas partes del artículo 2 del Código. Esas reglas son los principios y criterios que ya existen en la ley. Así que no te estreses: todo se interpreta de manera parecida a lo que ya está escrito en ese otro artículo.
Texto oficial
Artículo 3. La interpretación y aplicación de las disposiciones de este Reglamento, se hará conforme a los principios y criterios establecidos en los párrafos segundo y tercero del artículo 2 del Código.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.