- Ley
- Reglamento de Sesiones del Consejo General y Comisiones del Instituto Electoral del Distrito Federal
- Artículo
- 15
Artículo 15 del Reglamento de Sesiones del Consejo General y Comisiones del Instituto Electoral del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando se invite a los miembros del Consejo General (o a representantes de candidaturas) a una reunión, la invitación debe incluir el día y la hora exacta, y aclarar si la sesión será en persona, por internet o una combinación de ambas. Si es por internet, deben decir qué plataforma se usará. También debe especificarse si la sesión es ordinaria (de rutina), extraordinaria (fuera de lo normal), urgente o solemne, y debe tener un temario con los puntos que se van a tratar. A la invitación se le deben agregar los documentos necesarios para discutir esos temas. Si se manda una invitación a personas que asisten seguido pero no son miembros del Consejo, esa invitación debe tener la misma información. Todos los documentos de los temas que se van a tratar en las sesiones se publicarán en la página de internet del Instituto desde el momento en que se avise la reunión. La única excepción es si los documentos contienen información privada, secreta, o si están relacionados con procesos de sanción o revisión de gastos de campaña. En esos casos, en la página de internet deben poner un aviso que diga que ese documento no se publica porque entra en las excepciones del artículo 15 del Reglamento de Sesiones.
Texto oficial
Artículo 15. La convocatoria a sesión dirigida a las personas integrantes del Consejo General y, en su caso, a las representaciones de candidaturas, deberá contener el día y la hora en que la misma se deba celebrar, señalando si se trata de sesión presencial, virtual o mixta, en cuyo caso se deberá mencionar la plataforma virtual correspondiente; la mención de su carácter de ordinaria, extraordinaria, urgente o solemne y un proyecto de orden del día para ser desahogado. A dicha convocatoria se acompañarán, en concordancia con los medios establecidos por el Código, los anexos necesarios para la discusión de los asuntos incluido s en el orden del día. El oficio que se emita a las personas invitadas permanentes para que asistan a la sesión del Consejo General, deberá contener los mismos elementos señalados en el párrafo anterior. La documentación de los asuntos a desahogar en las sesiones del Consejo General se publicará en la página de Internet institucional, a partir de que sea notificada la convocatoria a la sesión correspondiente, excepto tratándose de documentos que, por su naturaleza, contengan información confidencial, reservada o sean materia de procedimientos sancionadores o de fiscalización. Para efectos del párrafo que antecede, en la página de Internet institucional, se deberá colocar la siguiente leyenda en el punto del que se trate: “NOTA: Este documento no se publica debido a que se encuentra en alguno de los supuestos establecidos en el artículo 15, párrafo tercero, del Reglamento de Sesiones del Consejo General y Comisiones del Instituto Electoral.”
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.