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Ley
Reglamento de Sesiones del Consejo General y Comisiones del Instituto Electoral del Distrito Federal
Artículo
17

Artículo 17 del Reglamento de Sesiones del Consejo General y Comisiones del Instituto Electoral del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las personas que son consejeras electorales, representantes de partidos políticos o de candidaturas pueden pedirle a la persona que preside el Consejo General que agregue un tema a la lista de asuntos que se van a tratar en una reunión normal. Para eso, deben entregar los documentos o papeles necesarios. Esos documentos se reparten a todos los demás miembros del Consejo General al menos 24 horas antes de la reunión. Si la presidenta o presidente del Consejo considera que la solicitud es válida, incluirá ese tema en la agenda de la reunión.

Texto oficial

Artículo 17. Las Consejeras y los Consejeros Electorales, representaciones de partido y representaciones de candidaturas podrán solicitar a la Presidencia del Consejo General incluir algún tema en el orden del día de las sesiones ordinarias, debiendo acompañar, en su caso, los documentos y anexos necesarios, mismos que serán distribuidos a las y las demás personas integrantes del Consejo General, por lo menos con veinticuatro horas de anticipación a la celebración de dicha sesión. Cuando resulte procedente, la Presidencia del Consejo General incluirá el asunto solicitado en el orden del día que corresponda.

Ver texto oficial del Reglamento de Sesiones del Consejo General y Comisiones del Instituto Electoral del Distrito Federal (pág. 1) ↗

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