- Ley
- Reglamento de Sesiones del Consejo General y Comisiones del Instituto Electoral del Distrito Federal
- Artículo
- 17
Artículo 17 del Reglamento de Sesiones del Consejo General y Comisiones del Instituto Electoral del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las personas que son consejeras electorales, representantes de partidos políticos o de candidaturas pueden pedirle a la persona que preside el Consejo General que agregue un tema a la lista de asuntos que se van a tratar en una reunión normal. Para eso, deben entregar los documentos o papeles necesarios. Esos documentos se reparten a todos los demás miembros del Consejo General al menos 24 horas antes de la reunión. Si la presidenta o presidente del Consejo considera que la solicitud es válida, incluirá ese tema en la agenda de la reunión.
Texto oficial
Artículo 17. Las Consejeras y los Consejeros Electorales, representaciones de partido y representaciones de candidaturas podrán solicitar a la Presidencia del Consejo General incluir algún tema en el orden del día de las sesiones ordinarias, debiendo acompañar, en su caso, los documentos y anexos necesarios, mismos que serán distribuidos a las y las demás personas integrantes del Consejo General, por lo menos con veinticuatro horas de anticipación a la celebración de dicha sesión. Cuando resulte procedente, la Presidencia del Consejo General incluirá el asunto solicitado en el orden del día que corresponda.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.