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Ley
Reglamento de Sesiones del Consejo General y Comisiones del Instituto Electoral del Distrito Federal
Artículo
31

Artículo 31 del Reglamento de Sesiones del Consejo General y Comisiones del Instituto Electoral del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si eres parte del Consejo, puedes pedirle la palabra a quien está hablando para hacerle una pregunta o pedirle que explique mejor algo de lo que dijo. Eso se llama "moción" y tienes que pedírselo al presidente del Consejo, además de que la persona a la que le hablas debe estar de acuerdo. Solo puedes hacer hasta dos mociones por cada tema de la reunión. Si te aceptan la moción, tienes máximo un minuto para hablar, y la otra persona también tiene un minuto para responderte.

Texto oficial

Artículo 31. Cualquier persona integrante del Consejo General podrá realizar mociones a la persona oradora que esté haciendo uso de la palabra, con el objeto de hacerle una pregunta o solicitarle una aclaración sobre algún punto de su intervención. Las mociones a la persona oradora deberán dirigirse a la Presidencia del Consejo General y contar con la anuencia de la persona a quien se hace. Cada persona integrante podrá formular hasta dos mociones por cada uno de los puntos del orden del día. En caso de ser aceptada, la intervención de la persona solicitante de la moción no podrá durar más de un minuto y para dar respuesta a la moción formulada, la persona oradora contará con un minuto.

Ver texto oficial del Reglamento de Sesiones del Consejo General y Comisiones del Instituto Electoral del Distrito Federal (pág. 1) ↗

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