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Ley
Reglamento de Sesiones del Consejo General y Comisiones del Instituto Electoral del Distrito Federal
Artículo
52

Artículo 52 del Reglamento de Sesiones del Consejo General y Comisiones del Instituto Electoral del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Artículo 52 dice que los Consejeros Electorales no pueden participar en asuntos donde ellos, su esposa o esposo, familiares hasta primos hermanos, tíos o sobrinos (por sangre o por matrimonio), o personas con las que tengan negocios o trabajo, puedan sacar algún beneficio. Si esto pasa, deben decir que no pueden participar en ese tema y avisar por escrito antes de que empiece la discusión. En ese escrito tienen que explicar bien por qué no pueden intervenir. La Comisión encargada decide luego si acepta o no esa excusa.

Texto oficial

Artículo 52. Las Consejeras y los Consejeros Electorales tendrán impedimento para intervenir, en cualquier forma, en la atención, tramitación o resolución de asuntos en los que tengan interés personal, familiar o de negocios, incluyendo aquellos de los que pueda resultar algún beneficio para él o ella, su cónyuge o parientes consanguíneos o por afinidad hasta el cuarto grado, o parientes civiles, o para terceros o terceras con los que tenga relaciones profesionales, laborales o de negocios, o para socias, socios o sociedades de las que la persona servidora pública o las demás personas referidas, formen o hayan formado parte. Cuando las personas Consejeras Electorales se encuentren en alguno de los supuestos enunciados en el párrafo anterior, deberán excusarse. Para el conocimiento y la calificación del impedimento, se observarán las reglas particulares siguientes: Deberá presentar a la Secretaría Técnica, previamente al inicio de la discusión del punto correspondiente, un escrito en el cual exponga, de manera fundada y motivada, las consideraciones fácticas y/o legales por las que no pueda conocer el asunto; y La Comisión deberá resolver de inmediato respecto de la procedencia de la excusa que se haga valer. CAPÍTULO III DEL TIPO DE SESIONES Y DE LA CONVOCATORIA

Ver texto oficial del Reglamento de Sesiones del Consejo General y Comisiones del Instituto Electoral del Distrito Federal (pág. 1) ↗

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