Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_reglamento-sesiones-consejo-general-comisiones-instituto-electoral-distrito/8
Ley
Reglamento de Sesiones del Consejo General y Comisiones del Instituto Electoral del Distrito Federal
Artículo
8

Artículo 8 del Reglamento de Sesiones del Consejo General y Comisiones del Instituto Electoral del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría del Consejo es como la persona encargada de organizar todo lo relacionado con las reuniones del Consejo General. Se asegura de preparar los temas a tratar, mandar las invitaciones y los documentos a todos los miembros, ya sea por correo o en persona, y también los publica en internet para que cualquiera los pueda consultar. Durante las juntas, pasa lista, lleva el control del tiempo de las intervenciones, ayuda a que todo fluya bien y propone cambios a los documentos si es necesario. Después de cada reunión, escribe el acta (un documento que resume lo que pasó), la firma junto con el presidente del Consejo y la guarda para que quede registro. En resumen, su trabajo es que las reuniones sean ordenadas, que todos tengan la información a tiempo y que quede constancia de todo lo que se acuerde.

Texto oficial

Artículo 8. Corresponde a la Secretaría del Consejo: Asistir de forma presencial, o bien virtual, a las sesiones del Consejo General y participar en ellas con derecho a voz; Preparar los proyectos de orden del día, convocatorias e invitaciones a las sesiones del Consejo General; Enviar de manera física o electrónica a las personas integrantes del Consejo General y, en su caso, a las representaciones de candidaturas la convocatoria a las sesiones junto con los documentos y anexos de los asuntos incluidos en el orden del día, así como enviar a las personas invitadas permanentes la invitación respectiva. Asimismo, ordenar la publicación en la página de Internet institucional tanto el orden del día como los documentos y anexos correspondientes conforme a lo dispuesto en el artículo 15 de este Reglamento; Pasar lista de asistencia a las personas integrantes del Consejo General y llevar el registro de ella, en su caso, dar cuenta de la asistencia de las personas invitadas permanentes, así como de las representaciones de candidaturas; Solicitar la dispensa de la lectura de los documentos previamente distribuidos que forman parte del orden del día; Participar en el desahogo de los asuntos de la sesión; Contribuir al correcto desarrollo de las sesiones; Proponer acuerdos o modificaciones a los documentos que se analicen en la sesión; Elaborar el proyecto de acta de la sesión, someterla a la aprobación del Consejo General y, en su caso, incorporar las observaciones realizadas a la misma por las y los participantes del propio Consejo; Dar cuenta de los escritos que se presenten al Consejo General; Ser enlace directo entre el Consejo General y los diversos órganos del Instituto Electoral; Llevar el cómputo del tiempo de las intervenciones para los efectos previstos en el Reglamento; Informar sobre el cumplimiento de los acuerdos y resoluciones del Consejo General cuando lo solicite alguna persona integrante del mismo; Firmar con la Presidencia del Consejo General las actas de las sesiones, las resoluciones y los acuerdos aprobados; Elaborar las versiones estenográficas de las sesiones del Consejo General y llevar su registro, así como de las actas, acuerdos y resoluciones aprobados por el Consejo General y el archivo de dichos documentos; y Las demás que le confiera el Código, el Reglamento Interior y la normativa que rige al Instituto Electoral.

Ver texto oficial del Reglamento de Sesiones del Consejo General y Comisiones del Instituto Electoral del Distrito Federal (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.