- Ley
- Reglamento de Sesiones del Consejo para Prevenir y Erradicar la Discriminación del Distrito Federal
- Artículo
- 21
Artículo 21 del Reglamento de Sesiones del Consejo para Prevenir y Erradicar la Discriminación del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Aquí te va la explicación bien sencilla: Cuando se tiene que votar para tomar decisiones en el grupo, las reglas son así: primero, se gana con la mayoría simple, o sea, que haya más votos a favor que en contra. Si algún consejero pide que se anote su voto especial, tiene derecho a que se escriban las condiciones o límites de su voto y por qué votó así. El presidente del grupo tiene un voto extra que sirve para desempatar cuando sea necesario. Y para votar, los consejeros lo hacen levantando la mano o de cualquier otra forma que deje bien claro si están a favor o en contra.
Texto oficial
Artículo 21. El procedimiento para la votación de Acuerdos y Resoluciones será el siguiente: I. Los Acuerdos y Resolución se tomarán por mayoría simple de votos; II. Para el caso de la emisión del voto en particular, el Consejero que lo solicite tendrá derecho a que se concluya expresando las condiciones o limitaciones de su voto así como las razones del mismo; III. La Presidencia emitirá su voto de calidad, IV. Los Consejeros votarán levantando la mano o mediante manifestación inequívoca del sentido de su voto.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.