- Ley
- Reglamento de Sesiones del Consejo para Prevenir y Erradicar la Discriminación del Distrito Federal
- Artículo
- 3
Artículo 3 del Reglamento de Sesiones del Consejo para Prevenir y Erradicar la Discriminación del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Ser Consejero es un cargo honorario, es decir, no te pagan por hacerlo. Cuando actúes como Consejero, debes portarte con rectitud: cumplir la ley, ser honrado, leal y tratar a todos por igual sin favorecer a nadie. También tienes que hacer tu trabajo de manera eficiente y eficaz, guardar los secretos que te confíen y dar las mismas oportunidades a todas las personas.
Texto oficial
Artículo 3. El cargo de Consejero será honorario, y sus actuaciones se conducirá bajo los principios de buena fe, legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad, eficiencia, eficacia , confidencialidad, gratuidad de oportunidad.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.