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Ley
Reglamento para los Trabajadores No Asalariados del Distrito Federal
Artículo
25

Artículo 25 del Reglamento para los Trabajadores No Asalariados del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para ser parte de la directiva de una Unión de Trabajadores no Asalariados (como un sindicato de personas que trabajan por su cuenta, sin patrón), cada grupo puede decidir sus propios requisitos en su reglamento interno. Pero siempre debes cumplir con estas reglas: ser mexicano de nacimiento, tener más de 18 años, contar con una credencial de trabajo que muestre que sabes hacer el oficio del gremio, y no tener una condena firme por un delito que hayas cometido a propósito (delito intencional).

Texto oficial

Artículo 25.- Son requisitos para ser miembros de la directiva de las Uniones de Trabajadores no Asalariados, los que se establezcan en los estatutos de cada uno de ellas, pero en ningún caso dejarán de observarse los siguientes: I.- Ser mexicano por nacimiento; II.- Tener más de dieciocho años; III.- Tener credencial de trabajo para ejercer la especialidad del gremio a que pertenezca; y IV.- No haber sido declarado culpable por sentencia firme de delito intencional.

Ver texto oficial del Reglamento para los Trabajadores No Asalariados del Distrito Federal (pág. 5) ↗

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