- Ley
- Reglamento para el Trámite y Sustanciación de Quejas y Procedimientos de Investigación del Instituto Electoral de la Ciudad de México
- Artículo
- 32
Artículo 32 del Reglamento para el Trámite y Sustanciación de Quejas y Procedimientos de Investigación del Instituto Electoral de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si un juez te cita o te da un plazo para hacer algún trámite, la notificación te la deben entregar personalmente, no por correo ni por otro medio. Además, esa notificación debe llegar por lo menos tres días hábiles antes del día y la hora en que tienes que presentarte. O sea, si te citan un lunes, el aviso debe llegarte a más tardar el miércoles de la semana anterior (contando solo días entre semana). Así te da tiempo para prepararte sin que te tomen por sorpresa.
Texto oficial
Artículo 32. Cuando el acuerdo a comunicar entrañe una citación o conceda un plazo para la práctica de alguna diligencia, se notificará personalmente a su destinataria o destinatario, al menos con tres días hábiles de anticipación al día y hora en que se haya de celebrar la actuación o audiencia.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.