- Ley
- Reglamento para el Uso y Preservación del Bosque de Chapultepec
- Artículo
- 15
Artículo 15 del Reglamento para el Uso y Preservación del Bosque de Chapultepec
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Como regla general, no puedes meter ningún tipo de animal cuando entras a la Primera Sección del Bosque. Esto incluye mascotas, animales domésticos, de granja o cualquier otra especie, así sean tuyos o no. La prohibición aplica estrictamente para todos los visitantes que quieran ingresar a esa zona. Si llevas un animal, no podrás pasar con él.
Texto oficial
Artículo 15.- Se prohibe a los visitantes introducir a la 1a. Sección del Bosque animales de cualquier especie.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.