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Ley
Reglamento para el Uso y Preservación del Bosque de Chapultepec
Artículo
17

Artículo 17 del Reglamento para el Uso y Preservación del Bosque de Chapultepec

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

No puedes entrar ni quedarte en ninguna de las tres partes del Bosque si estás borracho o bajo el efecto de drogas (como marihuana, cocaína, pastillas u otras sustancias que alteren tu mente). Tampoco puedes estar ahí si andas intoxicado con algún psicotrópico. La regla aplica desde que intentas pasar hasta que te sales del lugar.

Texto oficial

Artículo 17.- No se permitirá la entrada y permanencia en las tres secciones del Bosque, a personas en estado de ebriedad o bajo la influencia de estupefacientes o psicotrópicos. CAPITULO II Del Comercio

Ver texto oficial del Reglamento para el Uso y Preservación del Bosque de Chapultepec (pág. 3) ↗

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