- Ley
- Reglamento para el Uso y Preservación del Bosque de Chapultepec
- Artículo
- 17
Artículo 17 del Reglamento para el Uso y Preservación del Bosque de Chapultepec
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
No puedes entrar ni quedarte en ninguna de las tres partes del Bosque si estás borracho o bajo el efecto de drogas (como marihuana, cocaína, pastillas u otras sustancias que alteren tu mente). Tampoco puedes estar ahí si andas intoxicado con algún psicotrópico. La regla aplica desde que intentas pasar hasta que te sales del lugar.
Texto oficial
Artículo 17.- No se permitirá la entrada y permanencia en las tres secciones del Bosque, a personas en estado de ebriedad o bajo la influencia de estupefacientes o psicotrópicos. CAPITULO II Del Comercio
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.