- Ley
- Reglamento para el Uso y Preservación del Bosque de Chapultepec
- Artículo
- 19
Artículo 19 del Reglamento para el Uso y Preservación del Bosque de Chapultepec
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si quieres hacer cualquier negocio o actividad que venda cosas en el Bosque, primero debes pedir permiso a la Delegación. Sin ese permiso no puedes operar, porque es obligatorio tramitarlo antes de empezar. No importa si es pequeño o grande el negocio, aplica en todas las partes del Bosque. Mejor ve a la Delegación para que te digan los pasos a seguir y así evitar problemas.
Texto oficial
Artículo 19.- Para llevar a cabo cualquier actividad comercial dentro de las tres secciones del Bosque será necesario obtener previamente de la Delegación la autorización correspondiente.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.