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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMX_12256/106
Ley
REGLAMENTO DE CONSTRUCCIONES PARA EL DISTRITO FEDERAL
Artículo
106

Artículo 106 del REGLAMENTO DE CONSTRUCCIONES PARA EL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Todos los estacionamientos, ya sean públicos o privados, tienen que cumplir con las reglas que marca la ley sobre cómo deben ser las rampas, pasillos y escaleras para que la gente pueda circular sin problemas. Eso incluye tanto los caminos horizontales (como los pasillos donde caminas) como los verticales (como escaleras o rampas). En pocas palabras, deben seguir al pie de la letra lo que dicen las Normas oficiales para que sean seguros y funcionales. Así que si vas a un estacionamiento, espera que esté bien diseñado para moverte fácilmente.

Texto oficial

ARTÍCULO 106.- Los estacionamientos públicos y privados, en lo relativo a las circulaciones horizontales y verticales, deben ajustarse con lo establecido en las Normas.

Ver texto oficial del REGLAMENTO DE CONSTRUCCIONES PARA EL DISTRITO FEDERAL (pág. 90) ↗

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