Artículo 134 del REGLAMENTO DE CONSTRUCCIONES PARA EL DISTRITO FEDERAL
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si tu casa, negocio o construcción va a tener instalaciones que usen combustibles (como gas o gasolina), tienes que seguir al pie de la letra lo que digan las Normas Oficiales Mexicanas y otras reglas oficiales. Esto es para que todo sea seguro y no haya riesgos de accidentes. Básicamente, no puedes hacer las cosas a tu modo; debes cumplir con los requisitos técnicos que marcan esas normas.
Texto oficial
ARTÍCULO 134.- Las edificaciones que requieran instalaciones de combustibles deben ajustarse con las disposiciones establecidas en las Normas, así como en las Normas Oficiales Mexicanas y demás disposiciones aplicables. SECCIÓN CUARTA DE LAS INSTALACIONES TELEFÓNICAS, DE VOZ Y DATOS 96
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