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Artículo 187 del REGLAMENTO DE CONSTRUCCIONES PARA EL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Mientras estés construyendo, tienes que tener a la mano una copia de los planos o croquis registrados y de la licencia de construcción especial, y mostrarlos si la autoridad te los pide. También debes cuidar que tu obra no afecte el acceso ni el funcionamiento de las casas o instalaciones vecinas, ni tampoco la calle o banquetas. Además, tienes que seguir todo lo que dice la Ley Ambiental de la Ciudad de México y otras reglas para proteger el medio ambiente.

Texto oficial

ARTÍCULO 187.- Una copia de los planos o croquis registrados y de la licencia de construcción especial, debe conservarse en las obras durante la ejecución de éstas y estar a disposición de la Administración.530 Durante la ejecución de una obra deben tomarse las medidas necesarias para no alterar la accesibilidad y el funcionamiento de las edificaciones e instalaciones en predios colindantes o en la vía pública. Deben observarse, las disposiciones establecidas por la Ley Ambiental del Distrito Federal y su Reglamento, así como las demás disposiciones aplicables para la Protección del Medio Ambiente.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 116) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.